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Estimados clientes y amigos:
Como es del conocimiento de todos ustedes, el Gobierno Federal ha señalado que entramos a la fase II de la epidemia de Coronavirus y para tal efecto el día de ayer la Secretaría de Salud emitió un acuerdo que en lo que respecta al sector laboral señala lo siguiente:
Se recomienda que los mayores de 65 años y mujeres embarazadas, en periodo de lactancia, menores de cinco años o con discapacidad y aquellas que presenten enfermedades crónicas como hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes, obesidad, insuficiencia hepática y alguna enfermedad cardíaca, no asistan a los centros de trabajo ni espacios públicos en donde concurran muchas personas.
La Autoridad señala que tales personas gozarán de un permiso con goce de sueldo y contando con las prestaciones establecidas en sus contratos de trabajo.
Conforme a lo anterior todas las relaciones laborales se mantienen, aplicándose los Contratos individuales y colectivos correspondientes y durante el plazo que terminará el 19 de abril de 2020.
Como se puede advertir del acuerdo antes señalado, la autoridad no declara la contingencia sanitaria y por tanto no se actualiza los supuestos de los artículos 42 bis, 427 y 429 de la Ley Laboral.
Lo señalado por la Autoridad no rebasa el ámbito de la recomendación y no alcanza el nivel de Decreto, por tanto cada empresa en particular deberá de aplicar esas recomendaciones en la medida en que puedan cumplirlas.
Atentamente,
LIC. LEANDRO BERMÚDEZ PINEDA.
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