REFORMA ACTUAL LEY FEDERAL DEL TRABAJO
AGENTES DE COMERCIO
(COMISIONISTAS)
Agentes de Comercio (Comisionistas)
La Ley Federal del Trabajo señala que los agentes de comercio o comisionistas, son aquellos que impulsan ventas, agentes de seguro, propagandistas u otros semejantes.
El salario que se les debe de pagar a estos trabajadores comprende una comisión sobre la mercancía vendida o colocada, pudiendo pagarse sobre el pago inicial o bien por pagos periódicos.
Estos trabajadores no podrán ser removidos de la ruta que se les haya asignado sin su consentimiento y pueden ser despedidos si hay una disminución importante en sus ventas. Por lo que hace a sus comisiones, éstas no pueden ser retenidas si la operación no se concluyó.
Si requiere mayor información acerca de este tipo de trabajadores y la formulación de sus contratos, pueden comunicarse con nosotros por medio del botón de WhatsApp que aparece y que está a su disposición.
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